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Subproductos: ¿son un residuo o un producto?

Según el diccionario de la RAE, son los productos resultantes de una operación diferente de los principales que se desean obtener, siendo generalmente de menor valor. Este concepto está ampliamente aceptado y el término se viene utilizando mucho antes de que tuviéramos una legislación ambiental.

La confusión comienza cuando el término deviene un concepto legal definido en la normativa de gestión de residuos y el subproducto pasa a ser, no solo la definición del diccionario, sino a tener una serie de características a cumplir para poder ser considerado subproducto según la ley.

¿Qué ley de residuos? La que le resulta de aplicación a la empresa, es decir, la autonómica, que es acorde a la estatal y que a su vez es acorde a la europea.

Entonces, ¿cuál es la confusión? La confusión viene del momento actual de evolución normativa.

Por un lado tenemos una definición de subproducto en la normativa europea, que implica que un residuo que cumple los requisitos definidos deja de ser un residuo. El concepto está definido en la DMR desde 2008, siguiendo lo marcado por la Comunicación interpretativa de 2007. Que deje de ser un residuo implica que no computará como residuo producido y, sobre todo, que le será de aplicación la normativa de productos, siendo una de las más relevantes la normativa REACH.

Por otro lado tenemos una ley estatal que traspone la definición europea pero deja la figura de subproducto pendiente de desarrollar, por tanto hasta que no se desarrolle (según la disposición transitoria de la ley) se mantienen los procedimientos legales aplicados por cada comunidad autónoma. Se ha iniciado el trabajo para concretar la figura del subproducto de manera armonizada entre el Ministerio y las Comunidades Autónomas, seguiremos pendientes del desarrollo para compartir los avances de los que tengamos conocimiento.

En Catalunya, donde está definida la figura legal de subproducto desde el año 1999, se sigue considerando un residuo que, eso sí, se gestiona como subproducto y queda reflejado así en la estadística de residuos; el subproducto es una operación de valorización. Este marco legal ha favorecido casos de éxito de gestión de residuos como subproductos, lo que ha permitido que en 2011, según la Memoria Anual de la Agencia Catalana de Residuos, 306.089 toneladas de residuos fueran valorizadas como subproductos, el 7,8% del total de residuos industriales declarados.

¿Es importante que legalmente sea residuo o no lo sea? Puede tener muchas implicaciones, pero la más importante es si esa consideración impone cargas que impiden que se realicen las operaciones de reutilización. Sea mediante la figura del subproducto o un mecanismo con otra denominación, lo importante es disponer de un marco claro para no perder las oportunidades de reutilización de residuos industriales, con el beneficio asociado para las empresas y para el medio.

Os invitamos a compartir información sobre la gestión de subproductos en las diferentes comunidades autónomas y estados miembros en Linkedin.

Etiquetas: residuosubproducto